Al transferir a instituciones comunes que disponen de un poder de decisión competencias que hasta entonces eran propias de los Estados, la construcción europea conlleva una transformación del papel de los Parlamentos nacionales tanto en su papel de órganos legisladores y autoridad presupuestaria como en su papel de controladores del Ejecutivo. Los Parlamentos son sensibles a esta pérdida potencial de influencia y han visto en un mayor control nacional de la actividad europea de sus gobiernos y en el acercamiento al Parlamento Europeo un medio de recuperar parte de la influencia perdida y de asegurar conjuntamente el control democrático de la construcción europea. Por su parte, el Parlamento Europeo ha considerado generalmente que el mantenimiento de relaciones sustanciales con los Parlamentos Nacionales contribuiría a reforzar su legitimidad y a acercar Europa a los ciudadanos.
[...] La mayoría de los ámbitos legislativos ya no son sujetos a unanimidad, ha pasado a requerir la mayoría cualificada, (excepto para cuatro casos en los que el procedimiento de codecisión va siempre unido a la exigencia de unanimidad). [artículos 18 y 47 así como el artículo 151 (128) sobre la política cultural]. - El control político del PE sobre la Comisión fue reforzado por un mecanismo de doble-investidura: el PE debe expresar su aprobación respecto al nombramiento del Presidente de la Comisión y después a la Comisión. [...]
[...] Así podemos observar una implicación de los Parlamentos nacionales más fuerte de que antes. Sin embargo, esta cooperación entre PE y PN todavía no existe de manera directa. B. Una falta de eficiencia que el tratado por el que establece una constitución para Europa intentaba colmar Si algunos tipos de cooperación funcionan bastante bien, otros fallan, como la Conferencia de los Parlamentos de la Comunidad: La idea de esta conferencia se concretizó en Roma en 1990 bajo el nombre de "Conferencia de los Parlamentos". [...]
[...] Además, este texto aumentó los poderes del Parlamento en lo que concierne la apelación/“saisine” de la Corte de Justicia: mientras que antes solamente podía apelarla para salvaguardar sus propias prerrogativas, o hacer constatar la falta de otra institución a poner en marcha una disposición de los tratados, recibió tal como los estados miembros- la posibilidad de apelarla contra los actos del Consejo, de la Comisión, o del Banco Central Europeo, que sea por incompetencia, violación del tratado de Roma de 1957 etc. Así se puede decir que el Parlamento Europeo es hoy dia un protagonista central en el proceso de decisión europeo . B. El Parlamento europeo necesita el apoyo de las asambleas nacionales Sin embargo, la ascensión del Parlamento en el seno de las instituciones europeas no tuvo el efecto esperado. El sentimiento de “déficit democrático no desapareció. [...]
[...] Cabe entonces preguntarse ¿cómo, a lo largo de la construcción europea, el parlamento europeo y los parlamentos nacionales intervinieron para colmar este déficit democrático? Así veremos que a pesar de la implicación progresiva del Parlamento Europeo y de los parlamentos nacionales en cada etapa de la construcción europea, las asambleas siguen denunciando el “déficit democrático”. Después, mostraremos la voluntad de los parlamentos de desarrollar una cooperación más importante que culminó en el tratado por el que se establece una constitución para Europa A pesar de la implicación progresiva del Parlamento Europeo y de los parlamentos nacionales en cada etapa de la construcción europea, las asambleas siguen denunciando el “déficit democrático” persiste A. [...]
[...] Por su parte, el Parlamento Europeo ha considerado generalmente que el mantenimiento de relaciones sustanciales con los Parlamentos Nacionales contribuiría a reforzar su legitimidad y a acercar Europa a los ciudadanos. Sin embargo, cuando fue creada la Asamblea Parlamentaria de la CECA por el Tratado de París (firmado el 18 de abril de 1951), y en Tratado de Roma del 25 de marzo del 1957, el sistema institucional dejaba un lugar reducido a la función parlamentaria: la Asamblea Europea sólo tenía una voz consultativa. [...]
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