En México han sido innumerables los avances en distintos órdenes, a tal grado que muchos cambios son irreversibles y los retos que la actualidad exige representan ejercicios de creatividad y descubrimiento de nuevas fórmulas que representan un perfeccionamiento de nuestras instituciones. Para acelerar ese proceso constructivamente se requieren análisis desinteresados que busquen el bien de México. Por ello se requiere analizar la posibilidad del ejercicio del voto en el extranjero, en eleccciones federales y locales, no obstante que esta práctica ya la utilicen otras naciones.
[...] Existen casos especiales, por ejemplo los ciudadanos que estén realizando el Servicio Militar. Su derecho a emitir el voto es por correo ordinario con alguna especialidad concreta, de igual forma, para los ciudadanos que se encuentren embarcados en buques de la Armada, de la Marina Mercante Española o de la flota pesquera. El procedimiento consiste en que la solicitud del certificado de inscripción en el censo electoral es tramitada por telégrafo. Italia La ley del 7 de febrero de 1979 estableció la inscripción en el Censo Electoral de los Ausentes. [...]
[...] El poder se extiende sin gastos, debiendo los interesados justificar su identidad y proporcionar, en apoyo a su solicitud, los documentos a que haya lugar, no es sin embargo necesaria la presencia del mandatario. Estados Unidos En este país, el derecho de voto a los ciudadanos extranjeros residentes en el extranjero está relacionado con el voto personal militar. Su origen se remonta a 1861 en plena Guerra Civil, cuando se dio atención a la manera en que podrían votar los militares que se encontraban alejados de sus hogares. [...]
[...] Consideramos (se considera) que entre los temas prioritarios referidos en el párrafo anterior, son el abatir el índice de abstencionismo en la elección locales, fomentando una mayor participación electoral; así como redefinir la figura de la representación popular en México, la cual, concebida como hasta ahora, requiere de una renovada conceptualización, en la que la suma de los intereses políticos afines y la coincidencia ideológica del electorado, sean los elementos sustantivos para la elección de los depositarios del voto popular, y de defensa ante los órganos o cuerpos deliberativos”. III. CONCLUSIONES Los cambios para hacer efectiva la democracia, la representación política y la participación ciudadana son consecuencia de la lucha social y son casi irreversibles por el grado de politización del pueblo. En todos los sistemas democráticos del mundo el sufragio es la forma más acabada de la participación política para generar legitimidad y progreso. Los regimenes que se consideran democráticos, tienen la obligación de hacer viable la expresión política de sus gobernados. [...]
[...] Asimismo, los partidos políticos tienen el derecho y la obligación de reclamar la igualdad de condiciones para contender en una elección, conforme a mecanismos que le permitan una mayor representación, en un escenario cada vez más competido y pluralista, equilibrado con esto las fuerzas políticas del país. Nuestro planteamiento por cuanto hace a la posibilidad del voto en el extranjero para elecciones locales se circunscribe a la necesidad de revisar los ordenamientos constitucionales locales, para homologar el concepto vertido en la fracción III del artículo 36 de la Constitución Federal y dejar que los congresos estatales legislen en la materia; ya sea a través de un título o de un libro específico, lo relativo al ejercicio del voto de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero. [...]
[...] España El voto de los electores ausentes es uno de los problemas más complejos, para los legisladores españoles. Esto se debe principalmente a la necesidad de garantizar el ejercicio de voto de los electores que tienen razones legítimas para estar ausentes el día de la votación y evitar que una excesiva libertad en el ejercicio del voto favorezca el fraude electoral. La Constitución del 27 de diciembre de 1978 reconoce el derecho de votar de los ciudadanos extranjeros como un derecho fundamental, debido a que todos los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. [...]
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