Las teorías tradicionales de las migraciones ponen de relieve los factores push/pull como los principales elementos que explican los flujos migratorios. Para España, algunos factores push pueden explicar la salida del país de numerosos migrantes, y otros factores, pull esta vez, influyen la llegada de esos migrantes en países y regiones específicas.
Factores Push:
- Factores religiosos: expulsión de los judíos (1492)
- Factores políticos: salida de los afrancesados en 1814 que marca el comenzó del fenómeno del exilio o emigración política debido a la represión política de grupos más o menos amplios de españoles
- Factores jurídicos: la Constitución española de 1869 reconocía la libertad de emigrar. En 1907 se regula por primera vez la emigración, que se permite a cualquiera excepto a los sujetos a servicio militar o condena, y algunos con matices (menores de edad, mujeres casadas); se exige permiso del Consejo de Ministros a la emigración de colectivos cuando estaba en peligro la posible despoblación de un territorio.
Factores Pull: antes del siglo XX, se centraron en la conquista y la colonización
- Descubrimiento de América: riquezas del nuevo mundo (aspecto económico), evangelización de los “salvajes” (aspecto religioso)
- Colonización de África del norte.
[...] Cuando el Ejecutivo socialista tomó el poder, sus propios cálculos apuntaban que extranjeros vivían en España sin permiso de residencia. Hoy, según las estimaciones, hay 321.000 indocumentados más que entonces. III- La construcción de una política migratoria: del marco legal nacional al marco legal europeo La política migratoria española tiene lugar en el contexto de los grandes cambios económicos, demográficos y políticos que han tenido lugar en el país en la segunda mitad del siglo XX e irrumpen en la agenda como expresión de nuevas realidades. Ejemplo: cambios demográficos. [...]
[...] Por ejemplo, mientras se está poniendo en marcha una ley de inmigración que se supone se aplicará a todos los extranjeros no comunitarios, se están firmando acuerdos particulares con algunos países (Ecuador, Colombia, Polonia, Marruecos en perspectiva, otros países) que parecen contravenir el carácter general de la ley. Siguieron las reformas de la ley de extranjería vigente que siempre está siendo objeto de varios recursos legales. Ahora llegamos a la Ley 14/2003 cuyo origen fue la reforma de 2003. Esa reforma también acarreo muchas protestaciones por una disposición muy controvertida. En efecto, permite la expulsión del territorio nacional y por la vía de urgencia de todos aquellos individuos sospechosos de ser peligrosos para la seguridad. [...]
[...] (La cumbre de Niza (2000) ha pretendido establecer una Carta de derechos de los europeos; a parte de su ineficiencia legal y su falta de discusión en los parlamentos nacionales y entre los grupos sociales de los países europeos, los inmigrantes están ausentes. De nuevo la UE vuelve la espalda a una parte importante de ciudadanos que viven, trabajan, pagan impuestos por tanto, construyen sociedad sin embargo, se ven concernidos por decisiones en las que no han sido tenidos en cuenta. [...]
[...] En el caso español, las sanciones a las empresas de transporte aparecen por primera vez en la ley de 2003. Ejemplos: Plan de Acción para el África (2006), Programa Ulises en el Estrecho, operaciones como RIO, implantación del SIVE (Sistema Intensivo de Vigilancia Exterior) en el Estrecho y Canarias, construcción y elevación de la valla fronteriza en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y endurecimiento de las sanciones a los traficantes de personas. Conclusion * Una de las líneas prioritarias del nuevo gobierno de Zapatero fue mejorar las relaciones con Marruecos. [...]
[...] Así la inmigración se constituye en “problema” y “amenaza”. Estos años la UE firmó tratados de readmisión con diversos países limítrofes que obligan a dichos estados a readmitir a todo extranjero llegado irregularmente desde sus fronteras a territorio de la UE construir un “cordón de seguridad”. En España se promulgó la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros (1985) y su Reglamento (1986), que ponían en marcha las bases de una política inmigratoria centrada principalmente en el control de los flujos desde el prisma del orden público. [...]
Source aux normes APA
Pour votre bibliographieLecture en ligne
avec notre liseuse dédiée !Contenu vérifié
par notre comité de lecture