Aborto, autonomia personal, riesgos medicos, feto, nasciturus, vida dependiente, vida independiente
Vamos a repasar rápidamente cuales son los hechos relevantes:
Mari Carmen es una madre de dos hijos, casada y con dificultades económicas. Después de una consulta médica, se entera de que esta embarazada de nuevo pero no quiere asumir un hijo mas y quiere abortar. Su marido, aunque no esta totalmente de acuerdo, acepta de voluntad de su esposa. El médico es un católico defensor de la postura «pro vida» e intenta disuadir a la mujer proponiendole otras posibilidades y explicandole los riesgos del aborto. Ante la determinación de la mujer, el medico se da cuenta del carácter conflictivo y neurótico de la mujer pero esta esta perfectamente consciente de su situación, goza de capacidad para decidir. Conforme al articulo 417.bis del Código Penal, el medico considera que la mujer no cabe en ninguna de la circunstancias permitidas para el aborto legal y decide no ayudarla en esta etapa.
[...] Aquí nos movemos en el amito del interpersonal, es decir la protección de la vida por los poderes públicos frente a los demás. En el aborto tenemos que considerar dos individuos, la madre y el nasciturus. Desde mi punto de vista, el derecho al aborto es un derecho que se establece post- procreación, aunque la madre pueda abortar en las 14 primeras semanas de manera libre, no se le puede considerar este derechos dentro de la autonomía procreativa. Considerarlo dentro de esta seria incluirlo en la lista de los anticonceptivos y de una cierta manera «banalizarlo». [...]
[...] Después de una consulta médica, se entera de que esta embarazada de nuevo pero no quiere asumir un hijo mas y quiere abortar. Su marido, aunque no esta totalmente de acuerdo, acepta de voluntad de su esposa. El médico es un católico defensor de la postura «pro vida» e intenta disuadir a la mujer proponiendole otras posibilidades y explicandole los riesgos del aborto. Ante la determinación de la mujer, el medico se da cuenta del carácter conflictivo y neurótico de la mujer pero esta esta perfectamente consciente de su situación, goza de capacidad para decidir. [...]
[...] La autonomía procreativa es un derecho limitado y no un derecho absoluto. esta limitación es todavía mas presente cuando el ejercicio de este derecho colisiona con un tercero que, sin ser titular de derechos se presenta ya como vida humana dependiente, pero individualizada. Si el marido se opone al aborto, prevalece la decisión de la esposa de abortar ? p305 En el caso de una pareja que, sin protegerse o después de un falo de los medios contraceptivos, se encuentran en una situación en la cual a procreado, la situación del hombre es un poco complicada. [...]
[...] Preguntas: La autonomía procreativa incluye el derecho al aborto ? La autonomía procreativa es un concepto que se mueve en al ámbito personal de la persona, hablamos de relaciones intrapersonales es decir la protección de la vida humana por los poderes públicos frente a si mismo. Esta autonomía es la que se confiere al individuo, y en el caso que nos interesa, a la mujer ya en edad de procrear si este es su deseo. Nos podemos cuestionar sobre si hay verdaderamente un derecho a procrear, si es posible identificar un derecho que comporte la libertad de decisión de procrear, de prevenir la procreación o de destruir lo procesado ? [...]
[...] La situación socioeconómica esta prevista legalmente como causa de despenalizacion del aborto ? En la antigua legislación esta situación socioeconomica no se tomaba en cuenta para despenalizar el aborto. Sin embargo, lo que si se tomaba en cuenta era la salud física y mental de la madre, aquí se podría equiparar nuestra idea ya que una situación socioeconomica desfavorable puede conducir a trastornos mentales, riesgos de enfermedades causados por la falta de condiciones favorables para el buen desarrollo de la familia y la sobrevivencia del hijo. [...]
Source aux normes APA
Pour votre bibliographieLecture en ligne
avec notre liseuse dédiée !Contenu vérifié
par notre comité de lecture