Aborto eutanasia suicidio muerte medico
Aquí vamos a tratar de un tema que nos concierne a todos y que no deja de evolucionar con el tiempo: el derecho a la vida. Primero que todo, tenemos que preguntarnos, que es este derecho que los textos fundamentales nacionales como internacionales, califican como un derecho inalienable e innato a todo ser humano por el simple hecho de serlo sin distinción de raza o de religión ? Este derecho es el que nos confiere y nos garantiza la gran mayoría de los ordenamientos jurídicos, de disponer de nuestra propia vida y de impedir que cualquier otra persona pueda privarnos de nuestra vida. Esta cuestión que puede parecer filosófica, es un tema trascendente en al ámbito de lo jurídico. Los juristas, al tratar de regular esta cuestión se plantearon ante varios supuestos problemáticos que trataron de resolver a través del tiempo concorde con las evoluciones de las mentalidades y de las buenas costumbres.
Gran relevancia han tenido los temas del aborto, de la eutanasia y del suicidio. De ellos vamos a tratar con mas profundidad.
[...] Aquí hablamos de la vida dependiente es decir antes de la expulsión del claustro materno, una vida dependiente pero una vida existente.Esta expulsión es el limite que separa la vida dependiente de la vida independiente. La difucultad ha sido de determinar a partir de que momento se podía considerar al feto como ser humano y por tanto titular de derechos. Para la religión católica, el aborto en cualquier momento desde la fecundación hasta el parto, el feto es un ser humano y no se permite la interrupción voluntaria del embarazo. [...]
[...] Desde mi punto de vista, la reforma de 2010 ha sido un avance considerable en materia de bioética. Visto el estado de las mentalidades en muchos de los países de la Union europea, la prohibición en España de la interrupción voluntaria del embarazo estaba en desfase con lo que se practicaba en otros países. La regulación de este medio ha permitido a las mujeres hacerlo medicalmente asistidas y no recurrir a medios ilegales que comprendían muchos riesgos para la embarazada. [...]
[...] Tendemos a considerar con mas atención la eutanasia que el suicidio porque el sufrimiento es valorable, es físico y algunas veces es visible. Hay como una tendencia a desvalorar el sufrimiento interior que induce a suicidarse. Este mal puede ser aun peor que el dolor físico que puede ser controlado por medicamentos que atenúen el dolor. [...]
[...] Este derecho es el que nos confiere y nos garantiza la gran mayoría de los ordenamientos jurídicos, de disponer de nuestra propia vida y de impedir que cualquier otra persona pueda privarnos de nuestra vida. Esta cuestión que puede parecer filosófica, es un tema trascendente en al ámbito de lo jurídico. Los juristas, al tratar de regular esta cuestión se plantearon ante varios supuestos problemáticos que trataron de resolver a través del tiempo concorde con las evoluciones de las mentalidades y de las buenas costumbres. Gran relevancia han tenido los temas del aborto, de la eutanasia y del suicidio. De ellos vamos a tratar con mas profundidad. [...]
[...] La suicidio no es castigable ya que no se puede castigar a un muerto, la tentativas tampoco se castigan salvo los casos de «doble suicidio» en que uno sobrevive y el otro no, en este caso se castiga al que sobrevive por inducción al suicidio. Es el caso de los suicidios por amor. El autor José Saramago dirá: "Una persona que se suicida usa un derecho sobre su propia vida. Nadie le puede negar eso, sea cual sea la autoridad que se oponga, civil o religiosa". El suicida actúa en conocimiento de las consecuencias y actúa en su propio ámbito personal, disponiendo de su derecho mas personal. [...]
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