Caso práctico, derecho de la protección social, pensión de incapacidad permanente absoluta, cuantía de la prestación, protección social
Doña María Estevez, trabajadora en activo del Banco de Santander ha estado desde el 01/07/2008 en incapacidad temporal derivada de una hepatitis B común diagnosticada por el médico de cabecera en tal fecha. En diciembre de 2009, el equipo de valoración de incapacidades tiene que determinar si la trabajadora tiene o no una incapacidad permanente. Ha solicitado la pensión por incapacidad permanente absoluta.
Se pide prounciarse sobre el derecho o no de esta a solicitar una pensión de incapacidad permanente absoluta por cumplir con los requisitos de la ley. En caso afirmativo, calcular la pensión de incapacidad permanente absoluta.
La trabajadora tiene 41 años. Comenzó a trabajar a los 23 años y trabajó 3 años y medio hasta sus 26 y medio. Dejó de trabajar y se reincorporó a los 37 años y medio habiendo permanecido de alta desde entonces en el Banco Santander, sabiendo que hoy cumple los 41 años. Su base de cotización actual es de 2000 € y para los periodos no cotizados se debe entender que se tiene que tener en cuenta la base mínima del sistema en el momento del hecho causante.
[...] En este caso tendría derecho a cobrar la pensión por incapacidad permanente absoluta derivada de una enfermedad común. Vamos a calcular la base reguladora para la pensión El periodo de cotización de la trabajadora es inferior a los ocho años. Por eso tenemos que dividir la suma se las bases mesuales de cotización que correspondan por el número de bases multiplicado por 1,166. Tiene una base de cotización de 2000 para los periodos cotizados es decir hasta Julio de 2008 (mes en que tuvo la incapacidad temporal). [...]
[...] Caso práctico Derecho de la protección social Doña María Estevez, trabajadora en activo del Banco de Santander ha estado desde el 01/07/2008 en incapacidad temporal derivada de una hepatitis B común diagnosticada por el médico de cabecera en tal fecha. En diciembre de 2009, el equipo de valoración de incapacidades tiene que determinar si la trabajadora tiene o no una incapacidad permanente. Ha solicitado la pensión por incapacidad permanente absoluta. Se pide prounciarse sobre el derecho o no de esta a solicitar una pensión de incapacidad permanente absoluta por cumplir con los requisitos de la ley. En caso afirmativo, calcular la pensión de incapacidad permanente absoluta. La trabajadora tiene 41 años. [...]
[...] Desde sus 31 años hasta sus 37 años y medio no ha trabajado. Se reincorporó a los 37 años y medio y ha permanecido en alta hasta los 41. Entonces son tres años y medio o 1260 días cotizados en los úlimos 10 años, con lo cuál no tiene cubierto el periodo mínimo de carencia. Doña María Estevez no tiene derecho a la pensión por incapacidad permanente absoluta . II La cuantía de la prestación Como lo hemos dicho, Doña María Estevez no tiene derecho a la pensión por incapacidad permanente absoluta. [...]
[...] Vamos a desarrollar dos partes : primero determinaremos si tiene derecho la trabajadora a la pensión de incapacidad permanente absoluta y segundo calcularemos dicha pensión . I El derecho a la pensión de incapacidad permanente absoluta Recordamos que la incapacidad permanente absoluta es aquella que inhabilita por completo el trabajador para todo oficio. La ley menciona algunos requisitos para el derecho a cobrar esta pensión El trabajador tiene que estar en alta o en una situación asimilada al alta El trabajador tiene que tener cubierto un periodo de carencia previo cuando la incapacidad tiene como origen una enfermedad común. [...]
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