Diferencias, España, Francia, ayuda jurídica gratuita, Tribunal de Apelación
Hay que proporcionarse un formulario de ayuda judicial. Si la persona no tiene un domicilio estable, puede elegir domicilio cerca de un organismo habilitado. La lista de los comprobantes con arreglo a la situación de la persona se encuentra en el formulario, como los documentos de identidad, documentos relativos a los recursos de la familia en el 1 de enero, la situación familiar…
Si el asunto no es comprometido : hay que ir al TGI, al Oficina de ayuda judicial, del lugar del domicilio del solicitante.
Si el asunto ya es comprometido : hay que ir al TGI, al Oficina de ayuda judicial, del lugar donde de se trata el asunto.
Si el asunto se encuentra del Tribunal de Apelación : hay que ir al TGI, al Oficina de ayuda judicial, de la ciudad donde se sitúa el Tribunal de Apelación
[...] También deben acompañarse los documentos acrediten la situación económica que se alega. Pues, podemos observar, que es casi la misma cosa en los dos países (Francia, y España). Sin embargo, podemos observar que en Francia, solo la persona victima puede solicitar la AJG con un formulario, mientras que en España, la persona puede hacerlo sola, pero también el juez puede levantar de oficio la asistencia par ella. DIFFERENCIAS : En Francia, las personas pueden gozar de la ayuda judicial total cuando sus recursos son inferiores a 929 euros bruto al mes y a la ayuda judicial parcial cuando sus recursos son inferiores a 1393 euros bruto al mes. [...]
[...] Diferencias entre España et Francia sobre la ayuda jurídica gratuita : Que hay que hacer para solicitar la asistencia jurídica gratuita (AJG) ? France : Hay que proporcionarse un formulario de ayuda judicial. Si la persona no tiene un domicilio estable, puede elegir domicilio cerca de un organismo habilitado. La lista de los comprobantes con arreglo a la situación de la persona se encuentra en el formulario, como los documentos de identidad, documentos relativos a los recursos de la familia en el 1 de enero, la situación familiar Si el asunto no es comprometido : hay que ir al TGI, al Oficina de ayuda judicial, del lugar del domicilio del solicitante. [...]
[...] En España, las personas morales para poder gozar de la ayuda judicial deben ser declaradas por utilidad pública o si se trata de fundaciones ser inscritas en el Registro administrativo correspondiente. Su base imponible del Impuesto sobre las sociedades debe ser inferior a la suma equivalente al triple del IPREM en cálculo anual. Mientras que en Francia solas las personas morales que tienen un fin no lucrativo pueden gozar de la ayuda judicial. Así en Francia, la ayuda judicial es menos accesible para las personas morales que es ella en España. Para concluir, según nuestra opinión, el sistema más ventajoso para las personas morales es el sistema de España mientras que para las personas physicas el sistema más ventajoso es el sistema de Francia. [...]
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